Última actualización: 4 febrero, 2026 @ 2:01 pm
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La Personería Distrital de Medellín expresa su preocupación por las fallas en la prestación de los servicios de salud dirigidos a las personas privadas de la libertad en el Complejo Carcelario y Penitenciario de Alta y Media.

Boletín de Prensa 02 - Enero 28 de 2026

La Personería Distrital de Medellín, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales como agencia del Ministerio Público y en cumplimiento de su deber de velar por la protección del interés general, los derechos humanos y la observancia del orden jurídico, manifiesta su profunda preocupación frente a las fallas estructurales y reiteradas en la prestación de los servicios de salud dirigidos a las personas privadas de la libertad, recluidas en el Complejo Carcelario y Penitenciario de Alta y Media Seguridad de Medellín “Pedregal”.

La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, entidad encargada de la gestión de la logística, infraestructura, alimentación y servicios de salud para las personas privadas de la libertad, suscribió para este establecimiento penitenciario un contrato con Medisalud, unión temporal de prestadores de servicios de salud, actualmente responsable de garantizar la atención integral en salud de dicha población. No obstante, se ha evidenciado de manera reiterada la insuficiencia del personal médico y asistencial, la carencia de medicamentos esenciales y la interrupción en la continuidad de tratamientos, situaciones que comprometen la dignidad humana y el bienestar de las personas privadas de la libertad.

En el establecimiento se encuentran aproximadamente 1.134 mujeres y 2.710 hombres, dentro de los cuales se identifican personas adultas mayores, mujeres en estado de gestación, personas con enfermedades avanzadas, contagiosas y de especial cuidado, quienes requieren atención médica oportuna, permanente y especializada. A ello se suma la persistencia de cierres de pabellones y aislamientos preventivos, como ocurre actualmente en el pabellón número 3 de hombres, así como las protestas y manifestaciones promovidas por las mujeres recluidas en los pabellones 15 y 18 y otros sectores del establecimiento, como expresión de la inconformidad generalizada frente a las condiciones de atención en salud y de reclusión.

Estas circunstancias no solo afectan de manera directa a las personas privadas de la libertad, sino que constituyen una vulneración grave y sistemática de derechos fundamentales que no se suspenden con la privación de la libertad, tales como el derecho a la vida, la integridad personal, la salud, la dignidad humana y el derecho a no ser sometido a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.

De conformidad con la Constitución Política de Colombia, en especial los artículos 4 y 118, la Ley 65 de 1993 y las reglas fijadas por la Corte Constitucional, entre otras, en las sentencias T-153 de 1998, T-388 de 2013, T-762 de 2015, SU-122 de 2022 y C-348 de 2024, se ha declarado de manera reiterada la existencia de un estado de cosas inconstitucional (ECI) en el sistema penitenciario y carcelario del país, derivado de la vulneración prolongada, masiva y generalizada de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad.

En particular, la Sentencia C-348 de 2024 reafirma que las personas privadas de la libertad se encuentran en una relación de especial sujeción frente al Estado, el cual actúa como garante de derechos intangibles, entre ellos el derecho fundamental a la salud, el cual debe ser garantizado en el nivel más alto posible. Asimismo, precisa que cuando una condición de salud es incompatible con la permanencia en un centro de reclusión, mantener a la persona en dichas condiciones puede constituir trato cruel, inhumano o degradante.

La Personería Distrital de Medellín invita a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y a la unión temporal Medisalud – UT a adoptar de manera inmediata y efectiva las acciones necesarias para garantizar la prestación continua, oportuna, integral y digna de los servicios de salud, asegurando la disponibilidad de personal médico suficiente, medicamentos, insumos y tratamientos adecuados para toda la población recluida en el Complejo Carcelario y Penitenciario de Alta y Media Seguridad de Medellín “Pedregal”.

La Personería Distrital de Medellín reitera su compromiso, en el marco de sus funciones constitucionales y legales, como garante de los derechos de las personas privadas de la libertad y de la ciudadanía en general. En este sentido, reafirma su labor en la defensa de los derechos humanos de este grupo poblacional, mediante la vigilancia permanente de las condiciones de reclusión, la protección del interés general y el acompañamiento institucional necesario para que el sistema penitenciario funcione conforme a la Constitución, la ley y los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.

Mayor información:

Vocero oficial: Mefi Boset Rave Gómez – Personero Distrital de Medellín

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