El Centro de Conciliación de la Personería Distrital de Medellín, fue creado por autorización del Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Resolución 550 del 4 de abril de 2023 con el código N° 15050013151.
Nuestra misión es analizar, orientar y gestionar la resolución de los conflictos que admitan transacción, desistimiento o conciliación, que se presenten entre particulares, que su domicilio sea en la ciudad de Medellín, y que sean población objeto de la entidad.
Los servicios están dirigidos exclusivamente a ciudadanos de estrato socioeconómico 1,2,3 con acceso prioritario de madres comunitarias, desplazados, discapacitados, padres y madres cabeza de familia, adulto mayor, personas que pertenezcan a minorías étnicas siempre y cuando su capacidad económica no les permita acceder a operadores en conciliación particular.
Estas solicitudes deben ser radicadas personalmente, en la sede principal de la Personería Distrital ubicada en Centro Cultural Plaza de la Libertad, Cr 53 A # 42 – 101, contiguo a La Alpujarra; presentando como anexos la cuenta de servicios, copia del documento de identidad y un escrito en el que indique los datos identificación y notificación exactos de los convocantes y convocados; además del relato de los hechos y pretensiones de la conciliación, con los documentos que soporten las pruebas para la diligencia; si se encuentran involucrados menores de edad, Registro Civil de Nacimiento y demás certificaciones que correspondan a su situación de vulnerabilidad.
Es importante tener en cuenta que no se conocerán de asuntos de competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, Laboral y Penal.
Contamos con el personal idóneo y calificado que orienta al ciudadano y realiza la conciliación, ese tercero neutral será un Conciliador designado por la Personería Distrital de Medellín, sobre los siguientes asuntos:
Una vez aprobada la solicitud, el Centro de Conciliaciones, procederá a contactar a las partes, para indicar el día y hora de la diligencia de conciliación.
El servicio es gratuito y estamos en la capacidad de realizar audiencias, presenciales, virtuales y mixtas de acuerdo a las situaciones en particular de los casos y siempre y cuando los solicitantes cumplan con los requisitos técnicos y tecnológicos para realizarla (acceso a internet).
Título | Enlace |
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NSCO002 REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE CONCILIACION | Visualizar |
RESOLUCIÓN 2498 | Visualizar |