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Última actualización: 25 abril, 2024
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Si eres víctima del conflicto armado, y te gustaría aportar para incidir en las decisiones que te afectan, esta información te puede interesar.

Convocatorias / 

Ruta de inscripción para participar en la elección de delegados a la Mesa Municipal de Participación Efectiva de Víctimas 2019
Fecha límite, viernes 29 de marzo del 2019, hasta las 4:00 p.m
 
¿Que son las mesas de participación?
Son espacios de trabajo propio de las organizaciones de víctimas, desde los cuales pueden incidir en la formulación, en la ejecución, el seguimiento y la evaluación de la política de atención y reparación integral a las víctimas, de su respectivo municipio. Además, son los espacios para el diálogo e interlocución de la población víctima con la institucionalidad a cargo de la implementación de la política pública de víctimas. Son conformadas a partir de la inscripción de las Organizaciones de Víctimas y Organizaciones Defensoras de los Derechos de las Victimas. (Artículo      265    del     Decreto         4800 de      2011).
 
¿Cuáles son los requisitos de las personas víctimas (pertenecientes a organizaciones de víctimas) para hacer parte de la mesa de participación?
·      Estar incluido como víctima en el Registro Único de Víctimas (RUV).
·      Ser postulado por una Organización de Víctimas ante la Personería Municipal en los primeros noventa (90) días del año. Esta postulación debe ser teniendo en cuenta hechos victimizantes y enfoques diferenciales.
·      Cumplir con la debida idoneidad para representar un hecho victimizante o un sector social victimizado (enfoques diferenciales), lo que se probará con cualquier prueba sumaria que aporte la víctima.
·      Estar domiciliado en la ciudad de Medellín, lo cual se verifica con el SISBEN.
·      No tener antecedentes penales, ni disciplinarios, con excepción de delitos políticos o culposos.
 
 
A tener en cuenta, previo a la inscripción
·      La Organización de Víctimas deberá realizar una asamblea para determinar su voluntad de participar en las elecciones de la MMPEV. Esto debe quedar en un acta, con listado de asistencia que lo certifique, y se debe entregar junto con un listado de socios con los documentos para la inscripción.
·      En esa misma asamblea deberán elegir quien/es serán la o las personas postuladas a representar su Organización de Víctimas en los diferentes hechos victimizantes y enfoques diferenciales. Esto debe quedar registrado en un documento o acta. Puede ser una persona por hecho victimizante y enfoque diferencial o las que quieran, puedan constar y decidan postular. Estas mismas personas deben estar referidas en el formulario de inscripción y, en caso de ser aceptada la inscripción, serán convocadas para la elección de las mesas.
 
Inscripción de las Organizaciones de Víctimas ante la Personería: 
Para efectuar esta inscripción, se deben adjuntar los siguientes documentos:
1.    Formulario de inscripción diligenciado y firmado por el representante legal o delegado al voto. El formulario en físico se solicita en la Personería o se puede descargar de la página web de la Defensoría del Pueblo o de la Personería de Medellín.
2.    Acta donde conste la voluntad de la Organización de Víctimas para participar de la elección. Esta debe ir acompañada con listado de asistencia y listado de personas socias de la Organización (base de datos del total de las personas integrantes de la Organización de Víctimas).
3.    Certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción y que además exprese la voluntad de participación de parte de los integrantes de la organización, tanto de la persona delegada al voto elegida, como de las personas postuladas por hecho/s victimizante/s y/o enfoque diferencial. Este documento debe contener nombres completos (como aparece en la cédula), números de documentos de identidad, dos teléfonos de contacto, correo electrónico y firmado por las personas postuladas. Estos, son los mismos que se refieren en el formulario.
4.    Copia de documento de identidad de la persona delegada al voto (al 150%).
5.    Copia de documento de identidad de la persona postulada (al 150%).
 
Ante negación de inscripción se les notificará a través de una resolución expedida por la Personería de Medellín donde se les explicarán los motivos. La Organización de Víctimas podrá presentar recurso de reposición y apelación.
En caso de postulación viable, se publicará en la página web de la Personería el listado de Organización de Víctimas  seleccionadas, y se convocará a la Organización de Víctimas a la fecha de elecciones de MMPEV. El día de las elecciones tanto las personas delegadas al voto como las postuladas deberán asistir con documento de identidad original. No pueden asistir niños/as. Solo ingresan las personas postuladas y delegadas a voto, luego de iniciada la elección será cerrada la puerta, se recomienda no salir del recinto de votaciones, de lo contrario no podrá ingresar nuevamente.
Cualquier información adicional:
3849999 Ext. 340