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fichos para el proceso de Registro Administrativo de migrantes venezolanos

Boletín de Prensa / 21 Mayo 2018

A partir del próximo lunes se entregaran diariamente en la Personería de Medellín los fichos para el proceso de Registro Administrativo de migrantes venezolanos


“Cada día se harán 120 registros en la sede central y 85 en la Unidad Permanente para los Derechos Humanos” Solo los migrantes venezolanos que NO tienen documentación vigente o entraron de manera irregular al departamento deben hacer este trámite.


Los Migrantes venezolanos pueden acudir cualquier día de la semana a las sedes central de la Personería de Medellín y la Unidad Permanente para los Derechos Humanos-UPDH- ubicada en la Casa de Justicia El bosque, a reclamar los fichos para adelantar el proceso de Registro Administrativo, que viene realizando esta agencia del Ministerio Público y el Departamento Administrativo del Sistema para la Prevención, Atención y Recuperación de Desastres, DAPARD, con el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo y la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados- ACNUR.


Cada día se atenderán 120 migrantes venezolanos en la sede central y 85 en la sede El Bosque y se entregara los fichos correspondientes para los turnos de atención de ese mismo día o días siguientes, por lo tanto no es necesario que acudan masivamente los lunes a realizar el trámite, sobre todo si se tiene en cuenta que el proceso se cumplirá hasta el próximo 6 de junio.


Este Registro es un proceso que busca ampliar la información sobre la migración de venezolanos en el país. La información recaudada servirá como soporte para la formulación y diseño de la política integral de atención humanitaria con el fin de que la oferta de servicios se haga con información más acertada, según el decreto 542.


Es importante que los venezolanos que se acercan a los puntos de registro sepan que tras la realización de este proceso no se entregará ningún documento de identidad colombiano, no proporciona estatus de cualquier orden, ni indica cualquier tipo de beneficio económico, social u otro, sino que dicho proceso permitirá conocer el número de ciudadanos del vecino país que residen en el territorio colombiano.
La información contenida en el RAMV será de carácter confidencial y NO podrá ser utilizada para la imposición de medidas sancionatorias a la población registrada, tales como multas, deportaciones o expulsiones de cualquier tipo.


Sólo los migrantes venezolanos que no tienen documentación vigente deben hacer este trámite, es decir no lo deben hacer aquellos que:

  • Tienen su pasarte sellado
  • Los que tienen vigente el Permiso Especial de Permanencia (PEP)
  • Los colombo-venezolanos que certifiquen ser poseedores de la nacionalidad colombiana
  • Los venezolanos que se encuentran actualmente regulares en el país con el Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP)
  • Los que tienen permiso de turismo, cedula de extranjería o una visa
  • Los venezolanos que estén en tránsito por Colombia para pasar a otros países.

Este registro NO otorga ningún tipo de estatus migratorio ni constituye autorización de permanencia o regularización. No reemplaza los documentos de viaje vigentes, no genera derechos de orden civil o político, ni el acceso a planes o programas sociales u otras garantías diferentes a las dispuestas en la oferta institucional de las entidades del Estado, de conformidad con las normas legales vigentes.


Mayor información:

César A. Bedoya-3014696828
Vocero oficial: Diego León Holguín Henao – Personero Delegado para Atención al Público

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