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Última actualización: 25 abril, 2024
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Personería Distrital de Medellín realizó vigilancia preventiva al INDER durante la vigencia 2023

Boletín de Prensa 03 Enero 15 de 2024

  • Dentro de los hallazgos se evidenció una supuesta falta de publicación de algunos documentos contractuales en la plataforma del SECOP y un presunto abuso en la figura del contrato interadministrativo.

La Personería Distrital de Medellín, a través del proceso de Vigilancia Administrativa e Instrucción Disciplinaria, realizó una vigilancia preventiva al Instituto de Deportes y Recreación de Medellín – INDER durante la vigencia 2023, con el fin de verificar el cumplimiento de los principios de la función administrativa en los procesos y procedimientos administrativos, y contractuales adelantados por esta entidad, y garantizar la adecuada prestación de los servicios brindados y la debida inversión del presupuesto oficial, en conexidad con las actuaciones desplegadas por los servidores públicos.

Se establecieron algunos hallazgos, tales como una presunta falta de publicación de algunos documentos contractuales en la plataforma del SECOP, un presunto abuso en la figura del contrato interadministrativo, entre ellos, aquel cuyo objeto era el mandato sin representación para la coordinación y ejecución de los recursos para el mantenimiento de los escenarios deportivos y recreativos administrados por la entidad, modalidad bajo la que se suscribieron contratos de obra pública; y, el denominado mandato sin representación para el desplazamiento de funcionarios y contratistas para la atención de los programas institucionales en territorio, que sugiere se trata de un contrato de suministro de transporte.

En cuanto al análisis de las hojas de vida, esta entidad encontró que, en los soportes de la hoja de vida del director del INDER, Cristian Camilo Sánchez, no se aportó diploma y/o acta de grado de la especialización, que permitiera corroborar la exigencia de formación académica prevista en el manual de funciones del cargo de director general para la entidad, como tampoco, los certificados que acrediten la experiencia relacionada requerida; y en cuanto a la Subdirectora de escenarios deportivos, Diana Arias Buriticáno se allegó la declaración de bienes y rentas correspondiente a la vigencia inmediatamente anterior al momento de la posesión en el cargo, es decir, el periodo comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2021.

De acuerdo a los hallazgos citados y otros que se detectaron, se emitió un informe, el cual se trasladó a los personeros delegados para la Instrucción Disciplinaria, a fin de que investigue disciplinariamente lo evidenciado, por otra parte, a la Unidad para la Protección del Interés Público – UPIP para que se estudie la viabilidad de interposición de acción popular, para la protección de derechos colectivos. Adicional, el informe se enviará a la Contraloría, para determinar si de la ejecución de los contratos sin representación, se pudo haber generado un daño fiscal.

Mayor información:

María Alejandra Figueroa Barros – 3137711916

Vocero oficial: William Yeffer Vivas Lloreda – Personero Distrital de Medellín

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