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Beneficiarios de créditos educativos denuncian que en algunos casos, son vulnerados sus derechos para avalar las horas de su servicio social

 Boletín de Prensa / Boletines y comunicados – 2023 / 15 Abril 2023

Boletín de Prensa 23

Abril 14 de 2023

Beneficiarios de créditos educativos denuncian que en algunos casos, son vulnerados sus derechos para avalar las horas de su servicio social

  • Favores sexuales y económicos estarían siendo presuntamente solicitados a los beneficiarios.
  • El Artículo 111 del Decreto 32 de 2023 establece que cuando el crédito de educación superior se adquiere con recursos de Presupuesto Participativo, el servicio social debe prestarse en la comuna y avalarse con la firma por lo menos un edil.

La Personería Distrital de Medellín alerta sobre presunta vulneración de derechos a la que se ven expuestos algunos beneficiarios de becas o créditos de educación superior por parte de algunos líderes comunales, quienes son los encargados de avalar las horas del servicio social prestado en la comuna como compensación por el crédito brindado para sus estudios.

Según las víctimas, en algunos casos, los delegados estarían presuntamente solicitando favores sexuales, económicos o de otra índole para avalar las constancias de culminación de su servicio social atentando contra la integridad, honra y buen nombre de estas personas.

Debido a las múltiples quejas presentadas, esta agencia del Ministerio Público ha venido realizando seguimiento a esta situación, solicitando información desde el año 2021 sobre las medidas que se han adelantado por parte de Sapiencia, pero a la fecha no se han tomado acciones efectivas para corregir dicha problemática.

Según el Decreto 32 de 2023, llamado servicio social línea de créditos condonables pregrado, establece en su Artículo 111 parágrafo 1 que cuando el origen de la financiación de las becas o créditos sea con recursos del Programa de Planeación  Local y Presupuesto Participativo, el servicio social debe prestarse dentro de la comuna o corregimiento y uno de los líderes de la Junta de Administradora Local – JAL – es quien debe avalar con su firma el certificado del servicio prestado por el beneficiario.

Dado este panorama, se recomienda revisar el parágrafo 1 del Artículo 111 Decreto 32 de 2023, que permita implementar otras medidas para certificar el servicio prestado por los beneficiarios de los créditos,  garantizando los derechos humanos.

Esta agencia del Ministerio Público seguirá velando por la garantía de los derechos de los jóvenes quienes deben tener una educación superior digna.

Mayor información:

Miguelángel Morán Mideros- 3194857637

Vocero oficial: William Yeffer Vivas Lloreda – Personero Distrital de Medellín